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Höhere límites de PUE y plazos más largos: Cómo la enmienda al EnEfG relaja las obligaciones de los

La enmienda a la Ley de Eficiencia Energética (EnEfG) relaja las obligaciones de eficiencia para los centros de datos: límites más altos de PUE, plazos…

Por Benedikt Langer 6 julio 2026 8 min de lectura
Höhere límites de PUE y plazos más largos: Cómo la enmienda al EnEfG relaja las obligaciones de los

6 Min. de lectura

El 24 de junio de 2026, el Consejo de Ministros aprobó la reforma de la Ley de Eficiencia Energética. Esta flexibiliza varias obligaciones para los centros de datos, amplía los plazos y eleva el umbral a partir del cual un centro de datos queda sujeto a la ley. Para los operadores, esto significa seguridad en la planificación. Las asociaciones municipales ven debilitados los objetivos climáticos. Un análisis de lo que realmente incluye la reforma.

Lo más importante en resumen

  • Valores límite de PUE flexibilizados: Los centros de datos existentes deberán alcanzar un PUE de 1,6 a partir de mediados de 2027 y de 1,4 a partir de 2030, en lugar de los 1,5 y 1,3 previstos inicialmente. En el caso de las nuevas construcciones, se mantiene el valor estricto de 1,2, pero el plazo para alcanzarlo se duplica, pasando de dos a cuatro años.
  • Menos centros de datos afectados: El umbral aumenta de 300 kilovatios de potencia de conexión a 500 kilovatios de potencia IT instalada. Así, las instalaciones más pequeñas quedan completamente fuera de la ley.
  • Calor residual atenuado: La obligación de utilizar el calor residual se sustituye por un simple análisis de coste-beneficio. Al mismo tiempo, Alemania ya está siendo objeto de un procedimiento de la UE por la tardía transposición de la normativa.

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Qué cambia en los valores límite de PUE

El Power Usage Effectiveness, o PUE, es el indicador clave de la ley. Mide cuánta electricidad consume un centro de datos además de la carga IT pura, especialmente para refrigeración. Un valor de 1,2 significa que por cada kilovatio hora de potencia de cálculo se consumen 0,2 kilovatios hora adicionales para el funcionamiento. Cuanto más cerca de 1,0, más eficiente.

La reforma alivia la presión en este aspecto. Para los centros de datos existentes, el valor exigido aumenta de 1,5 a 1,6 a partir de mediados de 2027 y de 1,3 a 1,4 a partir de 2030. La justificación es que los requisitos de redundancia de las instalaciones más antiguas no permiten optimizarlas de forma arbitraria. Para las nuevas construcciones, se mantiene el valor estricto de 1,2, pero el plazo para alcanzarlo pasa de dos a cuatro años como media anual.

Precisamente en este punto, la asociación digital Bitkom había pedido mejoras. Su argumento: un PUE de 1,2 no suele ser alcanzable en funcionamiento continuo con refrigeración por aire convencional, y un valor objetivo de 1,3 habría sido más realista. El plazo ampliado es el compromiso que quedó de ello.

Requisito Previsto inicialmente Tras la reforma
Existentes, PUE a partir de 2027 1,5 1,6
Existentes, PUE a partir de 2030 1,3 1,4
Nueva construcción, plazo para PUE 1,2 dos años cuatro años
Umbral de aplicación 300 kW de potencia de conexión 500 kW de potencia IT

Quiénes quedarán fuera de la ley en el futuro

Quizá el cambio más trascendental no se encuentre en los valores límite, sino en la definición. Hasta ahora, un centro de datos se consideraba regulado a partir de una potencia de conexión nominal de 300 kilovatios. En el futuro, contará la potencia informática instalada. El umbral se sitúa en 500 kilovatios. De este modo, numerosas instalaciones más pequeñas quedarán completamente fuera del ámbito de aplicación.

También se reducen las obligaciones de notificación. El círculo de centros de datos que deben informar sobre sus indicadores se estrecha considerablemente. Desaparece la obligación de proporcionar información a los operadores de redes de calor que existía hasta ahora. A cambio, la Oficina Federal competente de Economía y Control de Exportaciones anuncia que, en el futuro, intensificará los controles por muestreo.

500 kW
potencia informática instalada: solo a partir de este tamaño estará un centro de datos sujeto a la ley en el futuro. Hasta ahora, el umbral se situaba en 300 kilovatios de potencia de conexión.
Fuente: Proyecto de ley de modificación de la EnEfG, acuerdo del Consejo de Ministros del 24 de junio de 2026

El punto de conflicto: el calor residual y los objetivos climáticos

El calor residual es el origen de las críticas. Hasta ahora, la ley obligaba a los operadores, en principio, a evitar o utilizar el calor residual generado. La reforma sustituye esta obligación general por un mero análisis de coste-beneficio sin aplicación vinculante. Las asociaciones municipales advierten de que, con ello, se perderá información valiosa para la planificación térmica local.

También se flexibiliza el suministro eléctrico. La obligación de cubrir el consumo de forma contable al 100 % con energías renovables se pospone de 2027 a 2030. Aunque se mantienen las cuotas mínimas escalonadas para la reutilización del calor residual -del 10 al 15 y hasta el 20 %-, estas se ven acompañadas de nuevas excepciones.

Bitkom califica la reforma como una corrección parcial de las exigencias alejadas de la práctica. Al mismo tiempo, el gremio advierte de que el PUE, como único criterio, resulta insuficiente, ya que no indica de dónde procede la electricidad ni qué ocurre con el calor. La verdad se encuentra entre ambos bandos: más realismo para los operadores, menos herramientas para la protección del clima.

Por qué urge actuar

Sobre todo ello pesa la presión europea. La directiva de eficiencia energética de la UE en la que se basa debería haber sido transpuesta por Alemania antes del 10 de octubre de 2025. Al no haberse hecho, la Comisión Europea ha iniciado un procedimiento de infracción. La reforma es, por tanto, también un intento de cerrar un procedimiento abierto.

Al mismo tiempo, el Gobierno federal se posiciona como polo de la IA. La estrategia nacional para centros de datos, aprobada en marzo de 2026, pretende facilitar los asentamientos. Las exigencias de eficiencia, consideradas alejadas de la práctica, no encajan con este objetivo. Las flexibilizaciones no son, pues, solo una concesión, sino también política de localización.

Qué deben hacer ahora los operadores

Para la práctica, se derivan cuatro pasos claros, aunque tranquilos.

  1. Verificar la clasificación. Quienes estén cerca del nuevo umbral de 500 kilovatios deberían determinar con precisión la potencia informática instalada. De ello depende si la ley sigue siendo aplicable.
  2. Recalcular la hoja de ruta del PUE. Los valores límite y plazos pospuestos modifican la planificación de inversiones en refrigeración y modernización. El margen ganado puede utilizarse de forma específica.
  3. Pensar en el calor residual igualmente. Aunque no exista una obligación estricta, la utilización del calor residual sigue siendo un factor de localización e imagen. Los municipios y clientes lo demandan cada vez más.
  4. Vigilar el calendario de la UE. Mientras esté en curso el procedimiento de infracción, el calendario podría sufrir cambios. Quien siga su evolución no se llevará sorpresas.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la reforma EnEfG?

La reforma es una modificación de la Ley alemana de Eficiencia Energética, aprobada por el Consejo de Ministros el 24 de junio de 2026. Transpone una directiva de la UE y relaja varias obligaciones de eficiencia para los centros de datos.

¿Qué valor PUE se aplicará en el futuro a los centros de datos existentes?

Un PUE de 1,6 a partir de mediados de 2027 y de 1,4 a partir de 2030. Hasta ahora, estaban previstos 1,5 y 1,3. Para las nuevas construcciones, el valor sigue siendo 1,2, pero el plazo se duplica a cuatro años.

¿Mi centro de datos sigue estando sujeto a la ley?

En el futuro, el criterio decisivo será la potencia informática instalada. La ley solo se aplicará a partir de 500 kilovatios, antes eran 300 kilovatios de potencia conectada. Las instalaciones más pequeñas quedan fuera del ámbito de aplicación.

¿Por qué se modifica la ley precisamente ahora?

Alemania debería haber transpuesto la directiva de eficiencia de la UE subyacente antes de octubre de 2025. Debido al retraso, está en marcha un procedimiento de infracción de la UE. La reforma tiene como objetivo poner fin a este procedimiento.

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Fuente de la imagen: generada por IA (julio 2026)

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